CONDICIONES DE ALQUILER

Vans on set, S.L. (de ahora en adelante denominado “Arrendador”) alquila a la/s persona/s identificada/s en el contrato como y/o pagador/es (denominada/s en adelante “Arrendatario”) el vehículo referido en el contrato (de ahora en adelante de conformidad con las cláusulas y condiciones contenidas en el presente documento, y en relación con el precio pactado en el contrato de alquiler.

 

RESERVA

El presupuesto que usted recibe es simplemente indicativo de la oferta de tarifas y no establece derechos jurídicos ni expectativas prácticas a lo que se refiere a la disponibilidad de vehículos o la aplicación permanente de las tarifas cotizadas.
Deberá satisfacer todos los requisitos y condiciones en el momento de la recogida; porque no es suficiente con cumplirlos en el momento de hacer la reserva. Estos son tener un permiso de conducir en vigor, satisface la edad mínima requerida (25 años) y efectuar los acuerdos relacionados con el pago pago de los cargos de alquiler. Además del permiso de conducir, deberá presentar documento de identificación, como pasaporte o DNI. El permiso de conducir no es documentación suficiente.

 

UTILIZACIÓN DEL VEHÍCULOS

El arrendatario se compromete a utilizar y conducir el vehículo e acuerdo con las normas básicas de conducción y circulación, y conforme a las especificaciones de uso del tipo de vehículo.En el caso de utilización del vehículo para el transporte de niños menores de tres años o de personas mayores de tres años que no superen una altura de 150 centímetros, el Arrendador quedará libre de toda posible responsabilidad derivada de daños personales o materiales que se produzcan como consecuencia del incumplimiento por el Arrendatario de la no utilización del dispositivo de retención obligatorio o de su instalación o uso incorrecto por el Arrendatario.

El Arrendatario se compromete a no utilizar el vehículo y/o no dejar que el mismo sea utilizado en los siguientes supuestos: conducción en vía no autorizadas o no pavimentadas o cuyo estado pueda suponer un riesgo de daños para el vehículo; transporte remunerado de pasajeros, empujar o remolcar cualquier vehículo o cualquier otro objeto, rodante o no; participar en competiciones, oficiales o no; realizar pruebas de resistencia de materiales, accesorios o productos para automóviles (salvo autorización expresa del Arrendador); conducir el vehículos bajo los efectos del alcohol, narcóticos o cualquier otro tipo de sustancias estupefacientes; transporte de mercancías inflamables y/o peligrosas, productos tóxicos, nocivos y/o radioactivos o que infrinjan las disposiciones legales vigentes, así como el transporte de mercancías de peso, cantidad y/o volumen superior al autorizado en el Permiso de Circulación y/o Ficha de Inspección Técnica del vehículo; trasporte de cualquier objeto que no sean maletas en la baca del Vehículo; transporte de pasajeros en número superior al indicado en el Permiso de Circulación y/o Ficha de Inspección Técnica del Vehículo; transporte de animales vivos (a excepción de mascotas y/o animales de compañía, previa autorización por parte del Arrendador de forma fehaciente); con baca, portaequipajes o similar que no sea el suministrado por el Arrendador, transporte de niños menores de tres años o de personas mayores de tres años que no superen una medida de 150 centímetros sin utilizar el correspondiente dispositivo de retención obligatorio homologado de acuerdo con el peso y la talla del usuario que deba utilizarlo.El Arrendatario está obligado a distribuir y fijar de forma segura y correcta los equipajes u objetos personales transportados en el Vehículo.

Sólo están autorizadas a conducir el Vehículo la persona o personas identificadas y aceptadas por el Arrendador en el contrato de alquiler que sean mayores de 25 años, y sean titulares y estén en posición del permiso de conducir válido y en vigor de , como mínimo 2 años de carnet.
El Arrendatario se compromete a mantener el Vehículo cerrado cuando no lo utilice y a conservar en el interior los documentos del mismo, obligándose a proteger y custodiar en todo momento y de forma segura las llaves del vehículo, adoptando las medidas adecuadas para impedir su hurto o sustracción. En caso de incumplimiento de lo anterior, las coberturas del seguro no serán de aplicación.

Queda prohibido al Arrendatario ceder, alquilar, hipotecar, pignorar, vender o de cualquier manera dar en garantía el Vehículo, el contrato de alquiler, las llaves, las documentación, el equipamiento, las herramientas y/o los accesorios del Vehículo y/o cualquier parte o pieza del mismo; o tratar lo anterior de manera que cause perjuicio al Arrendador. En caso de dicho perjuicio será el Arrendatario quién lo asuma económicamente.
Cuando se ilumine en el cuadro de instrumentos cualquier de los testigos que detectan una anomalía de funcionamiento del Vehículo o cuando perciba signos externos que indiquen avería o mal funcionamiento el mismo, el Arrendatario deberá detener el Vehículo lo antes posible y contactar con el Arrendador o con la Compañía de Asistencia en carretera concertada por el Arrendador, y sólo cono ésta. Sólo se aceptarán cargo por cuenta ajena a dicha Compañía de Asistencia en los casos de urgencia y cuando el Arrendador los hubiera autorizado previamente y expresamente.
La utilización del Vehículo sólo está permitida en España peninsular, salvo autorización expresa y por escrito del Arrendador y siempre, en este caso, de premio itinerario de la ruta que exceda los límites de España peninsular.
No está permitido el transporte el Vehículo a bordo de cualquier tipo de barco, tren, camión o avión, salvo autorización expresa y por parte del Arrendador.
No está permitida la utilización del Vehículo en el interior de recintos de puertos, aeropuertos, aeródromos y/o análogos o similares de carácter no accesible al tráfico público, así como en recintos o instalaciones de refinerías y Compañías Petrolíferas salvo autorización por escrito del Arrendador.
Queda expresamente prohibido fumar dentro del Vehículo, cualquier incidencia en el Vehículo por dicha infracción correrá por cuenta del Arrendatario.

 

CONDUCTOR ADICIONAL

El arrendatario será el conductor principal, presente en el momento del alquiler y responsable de los cargos del alquiler. Los conductores adicionales pueden ser añadidos al contrato de alquiler siempre que sea facilitado su DNI y permiso de conducción y cumplan os requisitos y condiciones en el momento del alquiler. El cargo adicional por cada conductor será de 8€ (impuestos no incluidos).

 

ESTADO DEL VEHÍCULO

Tanto en la entrega como en la devolución del Vehículo, VANS ON SET, S.L. y el Arrendatario incluirán en el contrato cualquier daño menor visible en el Vehículo. En el momento de la entrega del Vehículo, los daños menores no reparados deberán figurar en el Contrato de Alquiler con las correspondientes firmas de VANS ON SET, S.L. y el Arrendatario. A la finalización del alquiler, en el momento de la devolución del Vehículo, se identificará cualquier nuevo daño menor que se haya producido al vehículo, en cuyo caso se recogerá expresamente en el contrato de alquiler, y será aprobado y firmado por VANS ON SET, S.l. y el Arrendatario. Cuando sea posible, el Arrendatario validará los nuevos daños a la devolución del vehículo mediante la firma del correspondiente documento adicional al contrato de arrendamiento. Los nuevos daños menores serán cargados al Arrendatario al precio de reparación hasta el límite fijado en el importe de la fianza. Dicha reparación será facturada al Arrendatario.

El arrendador, salvo los posibles daños menores que pudieran haberse reflejado en el contrato de alquiler, hace entrega del Vehículo al Arrendatario en buen estado aparente de funcionamiento y en buen estado exterior y habiendo superado los controles internos del Arrendador; con un par de triángulos de emergencia, con un chaleco reflectante de alta visibilidad y con todos sus neumáticos (incluido el de repuesto) en buen estado y sin pinchazos. En caso de deterioro y/o pérdida de cualquiera de los neumáticos (por causa que no sea desgaste normal, deficiente montaje o defecto de la fabricación) el Arrendatarios se compromete a reemplazarlos inmediatamente, a su cargo, por otros neumáticos de idénticas características y misma marca y modelo, salvo que el deterioro y/o pérdida sea consecuencia de un accidente de tráfico, robo o actos vandálicos, en cuyo caso regirá lo dispuesto en el artículo 9 de las presentes Condiciones Generales.

Queda prohibido al Arrendatario variar cualquier característica técnica del Vehículo, las llaves, equipamiento, las herramientas y accesorios del Vehículo, así como efectuar cualquier modificación de su aspecto exterior y/o interior salvo autorización expresa por parte del Arrendador. En caso de infracción de este artículo, el Arrendatario deberá correr con los gastos, debidamente justificados por el reacondicionamiento del Vehículo a su estado original y abonar una cantidad en concepto de indemnización por inmovilización según lo dispuesto en el artículo 7 de las presente Condiciones Generales.

 

PRECIO, DURACIÓN Y PRÓRROGA DEL ALQUILER

El precio del alquiler es el expresado en el presupuesto de alquiler.
El precio del alquiler incluye el coste del seguro que se menciona en el artículo 9.
La duración del alquiler será la pactada en el contrato, y se facturará en base a periodos de veinticuatro horas, contados desde el momento en que éste se hubiera formalizado. Existe un periodo de cortesía de 30 minutos, superado el cual se facturará por horas en función del retraso.
En ningún caso la cantidad garantizada o abonada al inicio del alquiler podrá servir para una prolongación. En el caso que el Arrendatario quisiera conservar el Vehículo por tiempo superior al pactado inicialmente, éste se compromete a obtener la autorización expresa del Arrendador y a pagar de inmediato el importe del depósito adicional para dicha prolongación que le sea solicitada por VANS ON SET, S.L.
El arrendatario se compromete a devolver el Vehículo al Arrendador en la fecha y hora prevista y en el lugar pactado en el alquiler. La devolución del Vehículo en lugar y/o fecha diferente del pactado inicialmente puede implicar cargos adicionales y/o la modificación del precio del alquiler por día. Únicamente se considera el servicio terminado cuando el Vehículo y las llaves del mismo han sido recepcionadas por el Arrendador.

 

KILOMETROS

Se establece un límite de 400km diarios los 4 primeros días, a partir del quinto día serán 200km diarios. El exceso se facturará en base a 0,25 €/Km. recorrido.

 

PAGOS

El Arrendatario se compromete a pagar al Arrendador:
a) El precio pactado en el contrato de alquiler según las condiciones estipuladas, así como los impuestos y tasa aplicables
b) El importe de los daños y/o sustracciones sufridas total o parcialmente en el Vehículo, siendo la responsabilidad máxima del Arrendatario. Será el importe que no asuma el seguro, así como daños y perjuicios por pérdida de beneficio por inmovilización del vehículo y los daños derivados, en su caso, del incumplimiento del artículo o2 de las presentes Condiciones Generales.
c) El importe del traslado y/o reparación de los daños del Vehículo motivados por uso de combustible inadecuado, contraviniendo lo señalado en el artículo 11 de las presentes Condiciones Generales.
d) La cantidad correspondiente a las multas por cualquier infracción de la legislación vigente, especialmente del Código de Circulación que incurra el Arrendatario o conductores adicionales.

Vans on set, S.L. Domicilio Social: Calle Perú, no 8 Oficina 19 28290 Las Rozas de Madrid Registro Mercantil de Madrid. Hoja: M-688268 – N.I.F.: B-88306048

e) Los gastos de la obtención de un duplicado y/o envío del juego de llaves del Vehículo en los casos de pérdida, rotura o cualquier otra situación por la que se paralice el Vehículo por motivos achacables al Arrendatario. Asimismo, se podrá cargar el precio del alquiler correspondiente a un día extra por el coste de la paralización del Vehículo ocasionado en caso por cualquier de las incidencias antedichas.
f) El importe de a 20€ más el Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable o impuesto equivalente en vigor, en el caso de devolver el Vehículo sin la pareja de triángulos de emergencia.

g) El Importe de 20€ más si el Impuesto sobre el Valor añadido aplicable o impuesto equivalente en vigor, en el caso de devolver el Vehículo sin la documentación (fotocopia compulsada del permiso de circulación, fotocopia compulsada de la ficha técnica del Vehículo y seguro de Vehículo/carta verde).
h) El Importe de 15€ más si el Impuesto sobre el Valor añadido aplicable o impuesto equivalente en vigor, en el caso de devolver el Vehículo sin el chaleco reflectante de seguridad.

i) El importe de 50€ más si el Impuesto sobre el Valor añadido aplicable o impuesto equivalente en vigor, en concepto de cargo por Gestión de sanciones de Tráfico (multas). Dicho cargo se devengará pro cada boletín o expediente sancionador instruido por la autoridad competente en relación con el vehículo arrendado y por hechos acaecidos durante la vigencia del arrendamiento.
j) El Importe de 50€ más el Impuesto sobre el Valor añadido aplicable o impuesto equivalente en vigor, en concepto de cargo por Gestión de Expedientes de Daños. Dicho cargo se devengará en el caso de que el Vehículo presentase daños materiales que se hubiesen producido durante el periodo de arrendamiento, cualesquier fuere su grado y su causa. El presente cargo se devengará por cada incidente que diera lugar a los daños, excepto en aquellos casos de accidentes de circulación cuya responsabilidad sea atribuible a otro vehículo, cuyo conductor haya reconocido expresamente su responsabilidad a través de la Declaración Amistosa de Accidente, siempre y cuando haya sido cumplimentada en su totalidad, haya sido firmada por ambos conductores, no presente tachones, ofrezca una versión clara sobre lo ocurrido y una de sus dos hojas originales haya sido entregada por el Arrendatario al Arrendador en el momento de la devolución del vehículo.

k) El importe de 90€ más el Impuesto sobre el Valor añadido aplicable o impuesto equivalente en vigor, en concepto de cargo por Gestión de Asistencia en Carretera. Dicho cargo se devengará en el caso de que la Compañía de Asistencia en Carretera concertada por el arrendador hubiese prestado servicios durante la vigencia del arrendamiento para atender incidencias con ocasión de: i) Error, negligencia o mal uso del vehículo por parte del Arrendatario. (ii) pérdida de llaves, rotura o abandono dentro del vehículo cerrado, (iii) falta de combustible o repostajes de combustible no adecuado (iv) rescate de vehículos en lugares o vías no aptas para la conducción no pavimentadas. (v) defectuosa colocación de accesorios en el vehículo por el Arrendatario.

Forma de pago: El pago por el Arrendatario al Arrendador de los importes reseñados en el apartado anterior deberán ser realizados por Transferencia Bancaria.

 

CANCELACIONES

Se puede cancelar la reserva hasta con 48 horas previas al inicio del alquiler, sin cargo. En caso de cancelación dentro de las 48 horas previas, se facturará en concepto de penalización la cantidad de 60€ más IVA.

 

SEGURO OGLIGATORIO DE AUTOMÓVILES

Las tarifas de alquiler incluyen las coberturas del Seguro Todo Resigo sin franquicias y con franquicia de 600€ por siniestro a elección por parte el cliente.
Estas coberturas quedan garantizadas y son asumidas por el asegurador con el que el Arrendador tenga concertada la correspondiente póliza de seguro, y quedan sujetas al clausulado general y particular de dicha póliza (cuya copia puede consultarse en todas las oficinas de VANS ON SET, S.L.) y a la Ley.
Mediante la firma del contrato de alquiler el Arrendatario se adhiere como asegurado a la póliza elegida.
Esta póliza no cube los daños, pérdidas, ni cualquier otro perjuicio sufrido en los equipajes, mercancías u objetos personales transportados en el Vehículo.
El arrendatario queda eximido de responsabilidad en caso de robo total o parcial de vehículo, daños causado al mismo por actos de vandalismo no asumibles al Arrendatario y accidente de circulación cuya responsabilidad sea atribuible a otro vehículo, cuyo conductor haya reconocido expresamente su responsabilidad a través de la Declaración Amistosa de Accidente, siempre y cuando haya sido cumplimentada en su totalidad, haya sido firmada por ambos conductores, no presente tachones, ofrezca una versión clara sobre lo ocurrido y una de sus hojas originales haya sido entregada por el Arrendatario al Arrendado en el momento de la devolución del vehículo.

 

MANTENIMIENTO Y REPARACIONES

El desgaste mecánico por uso normal del Vehículo es asumido por el Arrendador. Si el Vehículo quedase inmovilizado por avería mecánica, el Arrendatario deberá contactar con el Arrendador o con la Compañía de Asistencia en carretera concertada por el Arrendador, y sólo con ésta.
El Arrendatario debe comprobar periódicamente y reponer si fuera preciso, los niveles de líquidos de motor cada 1.000 km. Recorridos deduciéndose el importe pagado por ello del precio final del alquiler siempre que el Arrendatario presente la correspondiente factura.

El Arrendatario no está autorizado a ordenar la reparación del Vehículo, salvo autorización expresa pro parte del arrendador. En este caso el Arrendatario debe presentar factura detallada de la reparación efectuada.

 

COMBUSTIBLES

El combustible consumido por el Vehículo durante el periodo de alquiler del mismo es por cuenta del Arrendatario.
El Arrendatario deberá repostar el Vehículo con el tipo de combustible adecuado para el mismo. En caso de repostaje con combustible no adecuado al Vehículo, incluido el repostaje con combustible contaminado con agua u otros componentes extraños, el Arrendatario será responsable de los gastos ocasionados por el traslado y/o la reparación de los daños producidos en el Vehículo. Asimismo, en dichos supuestos al Arrendatario deberá abonar al Arrendador el cargo respectivo en concepto de pérdida de beneficio por la inmovilización del Vehículo según lo descrito en el artículo 7 de las presentes Condiciones Generales. El Arrendatario devolverá el Vehículo con el depósito de combustible lleno. En caso contrario se le facturará el que falte más un cargo adicional de 20€ por servicio de reportaje.

 

CLAUSULA VERACIDAD

El Arrendatario responderá en cualquier caso, de la exactitud, veracidad y autenticidad de los datos, identificativos facilitados a la compañía, siendo responsable de comunicar cualquier modificación de los mismos, y quedando en cualquier caso la compañía exenta de cualquier responsabilidad derivada de la inveracidad de los datos aportados. Así mismo, ambas partes convierten expresamente que la empresa se reserva el derecho a excluir de los servicios contratados al arrendatario que le haya facilitado una identificación inveraz o lo haya hecho entrega de documentación que incorpore datos identificativos falsos. En estos casos, arrendatario queda expresamente apercibido de que su conducta se considerará constitutiva del delito de estafa previsto y penado en los art. 248 y siguientes del Código Penal cuando, además de haber facilitado una identificación inveraz o haber entregado documentación falsa, no ponga a disposición de la empresa el vehículo en la fecha convenida, y de que por ello se interpondrán las acciones penales que en cada caso proceda.

 

PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

De conformidad con lo establecido en la normativa vigente en Protección de Datos de Carácter Personal, le informamos que sus datos serán incorporados al sistema de tratamiento titularidad de VANS ON SET, con CIF B-88306048 y domicilio social sito en Calle Perú, no 8 Oficina 19, Las Rozas de Madrid, con la finalidad de atender los comprom- isos derivados del contrato suscrito entre ambas partes. En cumplimiento con la normativa vigente, VANS ON SET, S.L. informa que los datos serán conservados durante el periodo legalmente establecido. Con la presente cláusula queda informado de que sus datos serán comunicados en caso de ser necesario a: administraciones públicas y a todas aquellas entidades con las que sea necesaria la comunicación con la finalidad de cumplir con la prestación del servicio anteriormente mencionado. El hecho de no facilitar los datos a las entidades mencionadas implica que no se pueda cumplir con la prestación de los servicio objeto del presente contrato. Vans on set, S.L. informa que procederá a tratar los datos de manera lícita, leal, transparente, adecuada, pertinente, limitada, exacta y actualizada. Es por ello que Vans on set, S.L. se compromete a adoptar todas las medidas razonables para que estos se supriman o rectifiquen sin dilación cuando sean inexactos. De acuerdo con los derechos que le confiere la normativa vigente en protección de datos podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, limitación de tratamiento, supresión, portabilidad y oposición al tratamiento de sus datos de carácter personal así como del consentimiento prestado para el tratamiento de los mismos, dirigiendo su petición a la dirección postal indicada más arriba o al correo electrónico info@vanson- set.com. En último lugar, VANS ON SET, SL informa que con la firma del presente documento otorga el consentimiento explícito para el tratamiento de los datos mencionados anteriormente.

 

LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN APLICABLES

Para cualquier disputa que pudiera surgir en relación a la interpretación o ejecución del presente Contrato, las partes, con renuncia expresa al fuero que pudiera resultar competente, acuerdan someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid capital.